Cuentan que Ravel compuso en
solo una noche
esa pieza para piano basada
en una leyenda del
Pirineo. Una princesa,
admirada por la belleza
del lago helado de Panticosa,
decidió patinar en
él, pero una grieta inadvertida
la llevó al fondo.
Su marido, que presenciaba la
escena desde la
orilla, se lanzó a salvarla y
se hundieron los dos
en el fondo del lago, donde
según la leyenda
siguen viviendo una eterna
historia de amor.
Alea iacta est
El juez Castro lo decidió, y ya no hubo
marcha atrás; lo menos importante será el veredicto final. Ya pueden Rajoy y el
fiscal Horrach exonerarla de toda culpa, el gran jurado de los ciudadanos de
aquí y de allende las fronteras lo han dictado ya. Las cuatrocientas preguntas
del juez han sentenciado a la princesa y han lastimado severamente al resto de
la familia real.
Sucedió algo similar con el Curita, en Valencia; al final un jurado popular lo absolvió, sí,
pero antes tuvo que dimitir de su importante cargo. Peor quedó su imagen tras
el juicio; al negarse en el último momento a declararse culpable de un delito
menor, que solo llevaba aparejada una sanción económica, tuvo que soportar el
calvario de oír como se reproducían en público las vergonzosas conversaciones
con sus compinches.
Algo semejante le ha ocurrido al
duque consorte, pudo haber pactado con la fiscalía y con su exsocio, y este no
hubiera relucir sus horteras y comprometedores e-mails; otros correos salieron de nadie sabe dónde.
¿Cómo se ha llegado a
este punto?
Lo tenían casi todo: juventud,
glamour, un ducado, una medalla olímpica y dos empleos de poca responsabilidad,
bien remunerados.
¿Qué sucedió? Pues, quizá pasó como
en las tragedias clásicas, en las que un hombre comete un error y los dioses
acaban con él.
¿Codicia? ¿Irresponsabilidad? ¿Poco talento?
¿Talento? Tendría más razones que su esposa el balonmanista
para aducir ignorancia, al fin y al cabo a sus 46 años aún no ha sido capaz de
obtener un título universitario –ya sabemos cómo se consiguen esos otros masters.
No así la infanta, que recibió clases de la profesora Mari
Carmen Iglesias que incluían Economía, Economía Política y Ciencia y Sociología
Política; pese a lo cual manifestó un total desconocimiento en asuntos
contables, financieros y fiscales; y dijo no saber por qué firmó el contrato de arrendamiento del palacete.
¿Qué extraño sueño le hizo creer a la pareja enamorada que
vivían en la Corte
de los Milagros de su tatarabuela Isabel, la reina fondona?
¿Codicia? Todo príncipe puede pretender vivir en un palacio
de diez millones de euros, ¡bueno!; pero según consta en la Agencia Tributaria,
los Duques destinaron además hasta 698.824
euros de su sociedad a gastos estrictamente particulares: vajillas de lujo,
clases de merengue, libros de Harry Potter,…. Para hacer más
comprensible la cifra, podríamos calcular que es el equivalente a lo que
ganaría un mileurista en una muy larga vida laboral (más de 50 años).
¿Por qué Urdangarín y su socio no devolvieron, en su día, el
dinero, mostraron arrepentimiento y pagaron a la Agencia Tributaria
lo evadido?
Hubieran pagado la mitad de lo que se les exige ahora y la petición
de condena hubiera sido tres o cuatro veces menor. Pero en este país, desde el Dioni a Mario Conde, nadie devuelve
un duro.
Según el artículo 57.5 de la Constitución, será
una ley orgánica la que decida sobre abdicaciones y renuncias en la línea
sucesoria. Treinta y seis años después, esa ley está por hacer. Ello implica que,
según ese mismo articulo 57.1, ni el rey ni las cortes pueden privar de sus
derechos a ningún miembro de la línea sucesoria, tampoco está claro el procedimiento ante una posible
abdicación del monarca.
Pero no parece que la infanta Cristina esté dispuesta a
renunciar ni a su marido ni a sus derechos dinásticos. Si recordamos las
irregularidades producidas en esa línea dinástica hasta coronar a Juan Carlos I:
una, el hermano, muerto en accidente por arma de fuego; la otra, el padre, descabalgado de la línea sucesoria por
el dedo de Franco, podría asaltarnos el temor de que siguiera la racha, y pudieramos encontrarnos un día con Iñaqui Urgandarín como Jefe del Estado
consorte.
Según la
Constitución, Art 57.1 “La persona del Rey es inviolable y no
está sujeta a responsabilidad”; pero ese mismo artículo (57.4) añade que “Aquellas
personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio
contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán
excluidas en la sucesión a la
Corona por sí y sus descendientes.” No parecen caber muchas dudas sobre la "responsabilidad" del monarca al no utilizar ese derecho al veto en la elección de sus yernos.
Julio G. Mardomingo
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